Con la denominada Ley de Segunda Oportunidad lo que se pretende es que las personas físicas o los autónomos puedan rehacer su vida tras un fracaso empresarial o personal, que hacen que económicamente sea insoportable.
El objetivo es que no se arrastren las deudas de forma indefinida durante toda su vida sin poder hacerles frente y pueda rehacer su vida. Unas veces estas deudas se arrastran como consecuencia de los avales que se prestaron a la empresa o porque como trabajador, te has sobre-endeudado y no se puede hacer frente a todos los préstanos.
Si te encuentras en esa situación, nuestros abogados te informaran y asesoraran con el fin de ayudarte en tu situación de insolvencia, falta de liquidez y sobreendeudamiento para que puedas tener una salida de esta situación.
¿Que se necesita para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Demostrar que no se pueden pagar las deudas.
Que las deudas totales no sean superiores a los 5.000.000€
Acreditar que se ha procedido de buena fe.
El proceso de la Ley de Segunda Oportunidad se estructura en dos fases.
Acuerdo extrajudicial de Pagos, que se presentará con el asesoramiento de nuestros abogados, acuerdo que normalmente es rechazado. En esta fase intervendrá un Medidor Concursal asignado a los particulares por el Notario o por el Registro Mercantil a los autónomos.
Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
Tras el rechazo del Acuerdo extrajudicial de Pagos, se inicia el correspondiente concurso de acreedores con el fin de liquidar las deudas y tras la tramitación del mismo, el juez determinará la parte de deuda que será perdonada.