23 Abr ¿En qué partes se divide una herencia?
Tras el fallecimiento de un familiar se abren una serie preguntas distintas al ámbito sentimental o personal y una de ellas se corresponde en preguntarse como se reparte la herencia o cual es la parte que me corresponde. Bufete Pico, despacho de abogados en Elche, es especializado en resolver herencias y testamentos.
Con el fin de poder aclarar las lógicas dudas, hemos de decir que los bienes quedados al fallecer una persona y con el fin de poder ser repartida la herencia, se divide en tres partes iguales. Estas partes o tercios se denominan: Legítima, Mejora y Libre Disposición y se dividirá entre los herederos en función de si el familiar fallecido, denominado causante, haya hecho o no testamento.
Legítima
El tercio de legítima es la porción de los bienes del fallecido que está reservada a los denominados legitimarios o herederos forzosos. Es decir, aquellas personas a los que no se les puede privar de una parte de los bienes y por norma general son los descendientes: los hijos, nietos, etc.. Esta imposición del Código Civil español, es de obligado cumplimiento y no puede quedar al arbitrio del causante, sino que necesariamente tiene que ir destinada a sus descendientes.
Mejora
Luego tenemos el tercio de mejora, que es otro de los tercios de la herencia y que al igual que el tercio de legitima, necesariamente tiene que destinarse a los descendientes, pero la persona fallecida o causante, al hacer su testamento, puede decidir a quién de esos descendientes se lo deja, o alguno de ellos o a todos por igual.
Libre disposición
Y por último se encuentra el tercio de Libre disposición, el cual es la parte de la herencia que la persona fallecida puede dejárselo a quien él decida, sin limitación alguna, incluso puede dejárselo a una persona extraña a la familia o a una institución. No necesariamente tendrá que hacerlo de todo el tercio, sino que podrá dejar a quién el quiera el bien o bienes que desee, pero siempre con el limite de que no supere el valor de este tercio de mejora.
Como hemos dicho, para que pueda ser repartida la herencia así, deberá el fallecido o causante haber hecho testamento, pues sólo en el caso de que no lo hubiese hecho, toda la herencia deberá ser repartida por partes iguales entre sus descendientes.
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